¿Se requiere una Ley Orgánica para Aprobar la Reforma Fiscal?

Esta es la tabla de distribución de escaños por partido en la Cámara de Diputados de la RD. (Fuente: Página Web de la CD).

PRD 78
PLD 98
PRSC 9
BIS 1
FNP 1
MIUCA 1
PPC 1
APD 1
TOTAL 190
VOTOS MAY. SIMPLE 96
VOTOS MAY. CALIFICADA 126
DÉFICIT PLD 28
ALIADOS PLD 12
DÉFICIT PLD + ALIADOS 16

Para aprobar un proyecto con mayoría simple (asumiento que todos/as los/as diputados/as asisten se requiere 96 votos. Para aprobar las leyes orgánicas se requieren (2/3) o 126 votos. El déficit del PLD es de 28 votos, pero se reduce a 16-17 con los 11-12 votos de sus aliados (asumiendo que el Diputado Juan Hubieres del MIUCA se opondría a aprobar la reforma fiscal).

PRD: los diputados del PRD se encuentran divididos: 40/78 diputados son Miguelistas; y 38 no están alineados con Miguel Vargas.

Ver la postura del constitucionalista Cristóbal Rodríguez (de que si):

El Constitucionalista Nassef Perdomo opina que no se necesita:
Francisco Álvarez y Participación Ciudadana dicen que si no se aprueba con mayoría calificada (2/3), recurrirán ante el Tribunal Constitucional:
Ver la postura de dos jueces del Tribunal Constitucional en el Voto Disidente de la Sentencia 0014/12 (de que se requiere ley orgánica) en los párrafos 14.12-14.14 del Voto Disidente:
 
 
Ver nuestra predicción en un Artículo de opinión comentando la referida Sentencia 14/12 (Del 15/8/2012):
 
“Los jueces discrepantes traen otro argumento interesante a la mesa, que de recibir mayor acogida, podría representar un contrapeso significativo a la actividad tributaria del Estado. Argumentan que las disposiciones normativas que versan sobre materia fiscal (y financiera) deben ser sometidas a los procedimientos especiales de las leyes orgánicas. Aunque en el contexto del Convenio el argumento no ganó mayor terreno,este análisis podría recibir acogida y aplicarse próximamente ante cualquier potencial reforma fiscal que surja de la iniciativa del Poder Ejecutivo. Esto implicaría la necesidad de reunir mayor consenso en el seno de ambas cámaras del Congreso Nacional (voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras) para realizar reformas fiscales. Asimismo, ante una potencial recurso de inconstitucionalidad de cara a reformas fiscales realizadas mediante procedimientos ordinarios, se podría anticipar que los magistrados discrepantes mantengan su línea de argumentación.”
 
¿Qué dicen los televidentes?
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