Por Enmanuel Cedeño Brea[1]
El pasado 18 de julio la República Dominicana (RD) se estrenó como reclamante ante el foro de resolución de diferencias de la Organización Mundial de Comercio (OMC). RD solicitó el inicio de consultas contra Australia, por una medida que este país intenta implementar para la importación de productos de tabaco. Luego de 17 años de membresía en la OMC, la RD despierta y decide defender los intereses comerciales de sus fuerzas productivas, actuando como reclamante. En este breve artículo quiero explicar, en términos llanos, en qué consiste el conflicto y cuáles son algunas de las implicaciones que tiene.
Australia adoptó normas[2] que obligarán que todos los productos derivados del tabaco (cigarrillos, cigarros, etc.) que se importen y/o vendan en ese país se deberán comercializar con empaques genéricos. La medida tiene como meta implementarse para el 1ero de Diciembre de 2012. Para la RD, esto implica que los cigarros y cigarrillos que se exporten hacia Australia no podrán mercadearse con empaques que desplieguen las marcas que simbolizan la industria tabacalera dominicana. Tampoco se incluirán las indicaciones geográficas (e.g. Hecho en República Dominicana) para distinguir a los cigarros dominicanos de aquellos provenientes de otros países. Es decir, no habrá manera (o será sumamente difícil) distinguir una caja de cigarros dominicanos de una caja de habanos o de cigarros hondureños. Lo mismo aplicará para la etiqueta de los cigarros sueltos que figura en la vitola[3](o cuerpo del cigarro).
Como resultado, todos los productos de tabaco que se venderán en el mercado australiano deberán revestirse de un empaque estándar de color verde olivo. El nombre del fabricante se imprimirá en letra sencilla[4], sin símbolos distintivos. Las únicas imágenes que tendrán los paquetes serán unas advertencias fotográficas con casos médicos explícitos, señalando los efectos carcinógenos que produce el consumo de productos de tabaco. Australia justifica que la política se implementa con la finalidad de proteger la salud pública de su población joven. Lo peligroso de la medida australiana para la RD, es que luego podría copiarse e implementarse en otras partes del mundo. Esto atenta con impactar significativamente a la industria tabacalera y la economía dominicana.
Esta disputa comercial tiene varias dimensiones. En primer lugar, está la dimensión económica internacional. Tanto Australia como República Dominicana son miembros de la OMC. Como parte de la membresía de este importante foro multilateral de negociaciones comerciales, ambos países asumieron obligaciones internacionales dentro del marco de los acuerdos de la OMC. Entre estos acuerdos se encuentran algunos que quizás usted haya escuchado alguna vez, como el GATT, el GATS y el TRIPS (conocidos ampliamente por sus siglas en inglés). Estos acuerdos contienen obligaciones que están orientadas a la protección del libre comercio y la eliminación de las medidas que lo dificultan.[5]
Cuando uno piensa en medidas perjudiciales para el libre comercio, la mente se enfoca en las más tradicionales como los aranceles o tributos aduanales a la importación. Sin embargo, también hay otras medidas que son más sutiles y que se pueden imponer para obstaculizar el libre comercio internacional. La RD alega que las políticas que Australia promueve respecto de los productos de tabaco, exhiben este comportamiento restrictivo del libre comercio. Por eso, la RD ha solicitado el inicio de consultas reclamando la inconsistencia de las medidas con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS, por sus siglas en inglés), así como al acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (“Acuerdo OTC”). Algunos argumentan que las medidas pueden incluso ser expropiatorias.
TABLA 1.1.
Enfrentamiento RD-Australia
Participación en el Sistema de Resolución de Diferencias de la OMC
(Fuente: OMC[6])
PAIS | COMO DEMANDANTE | COMO DEMANDADO | COMO TERCERO | TOTAL |
AUSTRALIA | 7 casos | 13 casos | 71 casos | 91 casos |
RD | 1 caso | 7 casos | 4 casos | 12 casos |
DIFERENCIAPARTICIPATIVA | + 6 Casos | +6 Casos | +67 Casos | +79 Casos |
Desde la perspectiva comercial dominicana, la disputa marca un punto de transición. RD pasa de ser un país inactivo como reclamante en la OMC, a un Estado que defiende por vez primera los intereses comerciales de sus sectores económicos nacionales. Este despertar vino acompañado del mejoramiento del Centro de Referencia de la OMC en el Ministerio de Industria y Comercio dominicano en el 2012.[7] Tanto la RD como Australia son miembros de la OMC desde sus inicios en 1995.[8] Esto significa que tuvieron el mismo tiempo para desarrollar sus habilidades dentro del sistema de resolución de diferencias de la OMC, a pesar de que son dos países con perfiles de desarrollo distintos.
No obstante, la estadística evidencia lo contrario, como muestra la Tabla 1.1. La RD ha utilizado el mecanismo de la OMC menos veces que Australia. Sobre todo como tercero participante en otros litigios, una prerrogativa que permite a los miembros de la OMC capacitar a sus misiones diplomáticas comerciales. Si calculamos la diferencia entre participaciones en distintas calidades (demandante, demandado, tercero) vemos que hay una “brecha de experiencia” significativa. La Gráfica 1.1. señala esta brecha en color gris. Esto no significa que por esto vayamos a perder el litigio, ni que los australianos nos van a “romper en dos”. Que un Estado participe más activamente que otro no garantiza que vaya a ganar las disputas comerciales. Sin embargo, creo que evidencia que quizás no hemos realizado nuestro potencial dentro del mecanismo de resolución de diferencias de la OMC.[9]
Gráfica 1.1.
Participación en Disputas ante la OMC
La industria tabacalera también genera considerables puestos de trabajo en los sectores de agricultura e industria. Según el Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO), la cadena completa del proceso productivo tabacalero dominicano genera alrededor de 118,000 trabajos directos que impactan 350,000 personas.[11] El referido estudio afirma que el tabaco “produce un circulante anual en la zona rural de RD$1,177.6 millones” de los cuales RD$324.4 millones (27.54%) proviene del procesamiento y empaque. En cuanto al impacto de la medida en la balanza comercial dominico-australiana, según datos del Observatory of Economic Complexity del MIT Lab, en el 2010 exportamos cigarros por un valor de USD$ $1,390,357 y cigarrillos por apenas USD$6,994. Esto quizás no represente mucho comparado con lo que la RD exporta a otros países, pero como ya señalamos, el riesgo para los productores de tabaco dominicanos es que la medida se esparza como “humo de cigarro” hacia otros Estados. Por lo tanto, la amenaza para la industria tabacalera dominicana es inminente.
Coincidentemente, resulta un poco paradójico que estemos nuevamente envueltos en un litigio comercial relacionado con los productos de tabaco. Nadie quisiera recordar que estuvimos envueltos como demandados en la disputa DS302 Dominican Republic-Import and Sale of Cigarettes, donde Honduras reclamaba que algunas de nuestras medidas violaron nuestras obligaciones comerciales. En aquella disputa, tanto los paneles técnicos como el Órgano de Apelación de la OMC nos encontraron en falta de nuestras obligaciones bajo el esquema multilateral.
Desde la perspectiva Australiana, la semana pasada cuatro de las grandes firmas multinacionales de tabaco (llamadas coloquialmente “Big Tobacco”) perdieron una importante demanda judicial.[12] La máxima instancia judicial australiana (“Australian High Court”) decidió que las medidas adoptadas por sus autoridades son consistentes con la Constitución Australiana. Esto significa que la corte australiana apoyó la base jurídica nacional de las medidas. El fallo representa un gran golpe para la industria del tabaco a nivel mundial. Otros países como el Reino Unido, también discuten medidas similares.
La disputa también tiene mucha importancia desde la perspectiva de la salud pública. La Organización Mundial de la Salud (OMS) apoya la adopción de este tipo de medidas para combatir el uso de productos tabacaleros. La OMS estima que alrededor de 5 millones de personas mueren por enfermedades vinculadas al tabaco cada año.[13] Algunos analistas aseguran que los Estados con seguridad social universal gastan mucho dinero atendiendo a personas por enfermedades vinculadas al consumo de estos productos. Consecuentemente, la solución del conflicto podría tener un impacto en el comercio internacional y la comercialización de los productos tabacaleros.
Al final del día, algunos escépticos dudan que esta medida sirva para reducir los niveles de fumadores australianos. Los críticos argumentan que esta homogenización de los productos simplemente obligará a los productores de tabaco a competir más agresivamente sobre sus políticas de precio. La disponibilidad de productos carentes de signos distintivos (etiquetas, marcas, etc.) podría generar una “carrera hacia la baja” en los precios de comercialización de los cigarrillos y cigarros.[14] Sabemos por la Ley de la Demanda que una reducción de los precios de los productos implicaría un aumento de la cantidad demandada. Dudamos que las imágenes perturbadores incidan en disminuir el consumo. Sobre todo tratándose de un hábito como fumar, que evidencia una demanda que los economistas llaman inelástica. Esto significa que como los productos de tabaco generan fuertes hábitos, difícilmente los aumentos en su precio o las imágenes explícitas de gargantas cancerosas no harán que la gente deje de fumar.
Por lo pronto, el fallo de la corte australiana refuerza la posición de las medidas. A la RD le queda la vía inicial de consultas a través de la OMC. Esta fase consiste en negociaciones diplomáticas para lograr el retiro de las medidas. Si en esta primera etapa no se llega a un acuerdo (cosa que parece altamente probable por lo fallido que ha resultado el cabildeo de las Big Tobacco), la OMC procederá a componer un panel técnico para que conozca el caso. Estos paneles de expertos estudiarán los memoriales y las justificaciones de los países (Honduras también está demandando), para determinar si las medidas violan algunas de las obligaciones internacionales asumidas por Australia ante la OMC. Si el resultado favorece a Australia, sería un importante golpe no sólo para la industria tabacalera dominicana-sino para el Big Tobacco a nivel mundial. Tendremos que esperar que avance un poco más el proceso para saber con seguridad si Australia se va a tener que “fumar nuestros cigarros” o no.
[1] Agradezco los comentarios y las cifras aportadas por Luis Gil Abinader sobre la balanza comercial dominico-australiana. Cualquier error contenido en el artículo es mío.
[2] El paquete normativo que establece las medidas incluye las normas: “Tobacco Plain Packaging Act 2011, Act No. 148 of 2011”, “Tobacco Plain Packaging Regulations 2011” y “Trade Marks Amendment (Tobacco Plain Packaging) Act 2011, Act No. 149 of 2011”.
[3] Según el documento de inicio de consultas (WT/DS441/1): “Deben aparecer sólo una vez en la vitola, en letra “Lucida Sans”; con un tamaño no superior a 10 puntos; con letra redondilla; y en color Pantone Cool Gray 2C. La marca y el nombre de la variante deben figurar horizontalmente a lo largo de la vitola, de modo que rodeen el cigarro (puro).”
[4] Según el documento de inicio de consultas que presentó la RD (WT/DS441/1): “El nombre de la marca y de la variante deben figurar en letra “Lucida Sans”; con un tamaño no superior a 14 puntos para el nombre de la marca y 10 puntos para el nombre de la variante; con la letra inicial únicamente en mayúsculas; con letra redondilla; en color Pantone Cool Gray 2C; y bajo la advertencia sanitaria gráfica, en la superficie frontal del paquete de cigarrillos.”
[5]Para una discusión técnica mucho más detallada, ver el artículo “El empaquetado genérico de cigarrillos y la propiedad intelectual” del Investigador dominicano Luis Gil Abinader, quien es especialista en temas de propiedad intelectual y comercio. Disponible en: http://www.iadb.org/intal/intalcdi/PE/2011/09190.pdf
[7] La noticia está disponible aquí: http://www.wto.org/spanish/news_s/news12_s/tra_10apr12_s.htm.
[8] Australia es miembro desde el 1ero de Enero de 1995, mientras que RD figura como miembro desde el 9 de Marzo del mismo año. Fuente: http://www.wto.org/english/thewto_e/whatis_e/tif_e/org6_e.htm
[9] Para un análisis más detallado de cuáles pueden ser las causas que esclerotizan la participación de países emergentes en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC, ver el artículo de E. Abbott, “Are Developing Countries Deterred from Using the WTO Dispute Settlement System?”: http://www.ecipe.org/media/publication_pdfs/are-developing-countries-deterred-from-using-the-wto-dispute-settlement-system.pdf.
[10] “Perfil Económico de Tabacos y Cigarros en República Dominicana”. Disponible en: http://www.cei-rd.gov.do/estudios_economicos/estudios_productos/perfiles/TABACO%20Y%20CIGARRO.pdf
[11] Ver: http://www.diariolibre.com/noticias/2011/02/24/i281029_tabaco-genera-118-000-empleos-177mm.html.
[12] Las firmas demandantes son: British American Tobacco PLC, Philip Morris International Inc., Imperial Tobacco Group PLC y Japan Tobacco Inc.